Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la
ASOCIACIÓN CENTRO RECREACIONAL TURÍSTICO GLORIETAS II contra la Resolución Nº 039-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 18 de enero de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el
ASENTAMIENTO HUMANO MAURO ARPASI MEDINA, representado por el señor Mauro Arpasi Medina, contra la Resolución Nº 734-2017/SBN-DGPE-SDDI del 17 de noviembre de 2017, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario- SDDI, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la
ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LUIS BUENO, contra la Resolución Nº 058-201/8/SBN-DGPE-SDDI de fecha 29 de enero de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario (SDDI), dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la
ASOCIACIÓN DE VIVIENDA NUEVA GENERACIÓN SANTA CLARA contra la Resolución Nº 045-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 29 de enero de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, y dar por agotada la vía administrativa.
ACEPTAR la solicitud de desistimiento del recurso administrativo presentado por el señor FERNANDO CARLOS JULIO MERINO LOREDO contra el acto administrativo contenido en el Oficio 146-2018/SBN -DGPE-SDDI de fecha 18 de enero de 2018, emitido por la Subdirección de Gestión del Patrimonio Estatal.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Colegio Regional de Obstetras III Lima - Callao, representado por su decana, la obstetra licenciada Bertha Ruth Escalante Lazo, contra la Resolución Nº 075-2018/SBN-DGPE SDDI del 6 de febrero de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario - SDDI y que desestimó el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución Nº 760-2017/SBN-DGPE-SDDI del 29 de noviembre de 2017 que declaró improcedente su solicitud de venta directa del predio de 5 002, 17 m², ubicado al sureste del Balneario de Santa Rosa, frente a la avenida Santa Rosa, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el señor Luciano Asunción Cano Torres, interpuesto contra la Resolución Nº 013-2018/SBN-DGPE-SDDI del 8 de enero de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario - SDDI y que declaró improcedente su solicitud de venta directa del predio de 307 070,00 m², ubicado a la altura km 6.5 de la Carretera Huaral- Lima, lado derecho, en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima (en adelante, "el predio"); cuyos actuados obran en el expediente Nº 097-2017/SBNSDDI.
Declarar IMPROCEDENTE la queja administrativa presentada por la Asociación de Vivienda Las Palmas de Ancón, representada por su presidente José Dolores Lindo Santos; interpone queja por defecto de tramitación alegando que no fueron notificadas a su domicilio las Resoluciones Nros 481 y 735-2017/SBN-DGPE-SDDI del 8 de agosto y 17 de noviembre de 2017 en forma respectiva; las cuales se encuentran
vinculadas al expediente N° 523-2017/SBNSDDI donde obran los actuados administrativos sobre el área de 3 000 067,79 m², ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento
de Lima.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto Ravello Reyes y otros, contra los Oficios Nos. 1514-2017/SBN-DGPE-SDAPE del 10 de marzo de 2017 y 1016-2018/SBN-DGPE-SDAPE del 12 de febrero de 2018, emitidos por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa.