Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por PROCURADURÍA PUBLICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN representado por: Rocío del Carmen Egusquiza Chil contra la Resolución N° 1407-2019/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 13 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por Raúl Álvarez Flores en representación de la IGLESIA EVANGÉLICA SAN FRANCISCO ZONA “O” HUAYCAN – ATE contra la resolución n. º 032-2020/SBN-DGPE-SDDI del 28 de enero de 2020 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, bajo las consideraciones antes expuestas, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por PUEBLO JOVEN VILLA EL SALVADOR – SECTOR 02, GRUPO 15 representado por: José Luis Gutiérrez Marca (en adelante “el administrado”) contra la Resolución N° 1366-2019/SBNDGPE-SDAPE de fecha 24 de setiembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por Calixto Flores Acuña, presidente del CENTRO CULTURAL RONDOBAMBA contra la resolución n. º 1272-2019/SBN-DGPE-SDDI del 27 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, bajo las consideraciones antes expuestas, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación presentado por Pablo Miguel Quispe Pacha, representante de la asociación civil denominada ASENTAMIENTO HUMANO MARTIRES DEL SUTEP, contra la Resolución N° 1418-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 16 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por los recurrentes María Felicita Terrones Sánchez de Hernández y Félix Daniel Hernández Huari, conforme a las consideraciones expuestas y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación formulado por Wilder David Garcia Quijano, Procurador Público de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA contra la resolución n. ° 1312-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 26 de noviembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar agotada la vía administrativa, por las consideraciones expresadas en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por JAVIER ANTONIO BAZO HERRERA contra la resolución n.° 1149-2019/SBN-DGPE-SDDI del 26 de noviembre de 2019, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, bajo las consideraciones antes expuestas, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad presentada por la empresa NAUTILIUS S.A. contra lo dispuesto en la Resolución N° 302-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 27 de mayo de 2014, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal.
Declarar IMPROCEDENTE el escrito de nulidad presentado por el señor ANTHONY CERRÓN CHANCASANA contra la Resolución n.° 238-2019/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 25 de abril de 2019 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal.