Declarar Improcedente la oposición presentada por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contra el procedimiento administrativo sobre el Saneamiento en la Modalidad de Traslado de Dominio del predio inscrito en la partida N° P20032713 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Oficina Registral de Tacna, promovido por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar Improcedente la oposición presentada por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contra el procedimiento administrativo sobre el Saneamiento en la Modalidad de Traslado de Dominio del predio inscrito en la partida N° P20032711 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Oficina Registral de Tacna, promovido por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Dar por concluido el procedimiento administrativo sobre saneamiento en la modalidad de translado de dominio, por haberse producido la sustracción de la materia, por los fundadores expuestos en la presente resolución resolución.
Dar por concluido el procedimiento administrativo sobre Saneamiento en la Modalidad de Independización y Traslado de Dominio, al no haberse solicitado la inscripción a favor de "La Municipalidad", por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Dar por concluido el procedimiento administrativo sobre Saneamiento en la modalidad de traslado de dominio, por haberse producido la sustracción de la materia, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declara infundada la oposición presentada por La municipalidad provincial de Tacna sobre saneamiento en la modalidad de independización y traslado de dominio, de los aportes reglamentarios inscritos en la partida N° 11014236 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII - Sede Tacna de la Oficina Registral de Tacna, promovido por la Municipalidad Distrital de Pocollay, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Dar por concluido el procedimiento administrativo sobre Saneamiento en la modalidad de traslado de dominio a Título Gratuito, por haberse producido la sustracción de la materia, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar Improcedente la oposición presentada por Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contra el procedimiento administrativo sobre el Saneamiento en la Modalidad de Traslado de Dominio del predio inscrito en la partida N° P20032707 del Registro de Predios de la zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Oficina Registral de Tacna, promovido por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar Improcedente la oposición presentada por Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contra el procedimiento administrativo sobre el Saneamiento en la Modalidad de Traslado de Dominio y Reasignación de uso " uso área reservada a uso de recreación publica" del predio inscrito en la partida N° P20024903 del Registro de Predios de la zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Oficina Registral de Tacna, promovido por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar Improcedente la oposición presentada por Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contra el procedimiento administrativo sobre el Saneamiento en la Modalidad de Traslado de Dominio y Reasignación de uso " uso servicios comunales a uso otros usos " del predio inscrito en la partida N° P20043474 del Registro de Predios de la zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Oficina Registral de Tacna, promovido por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa por los fundamentos expuestos en la presente resolución.