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Resolución N° 0772-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-06

Disponer la extinción de la afectación en uso otorgada al “PUEBLO JOVEN PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN ZONA DE VIVIENDA ZONA: F UCV-91” por incumplimiento de la finalidad en favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 179,81 m² ubicado en el Lote 98 Zona de Vivienda, Zona F del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan UCV 91-92, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P02011626 de la Zona Registral n.° IX - Sede Lima y CUS n.º 35432, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0771-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-05

Dar por CONCLUIDO del procedimiento administrativo de CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SERVIDUMBRE SOBRE TERRENOS ERIAZOS DE PROPIEDAD ESTATAL PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN iniciado a solicitud de la QUESTDOR S.A.C., respecto de “el predio”, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.

Resolución N° 0770-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-06
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitada por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto de un área de 118 311,00 m², ubicado en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0769-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-05
"Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO N.° 1192 solicitado por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC respecto del área de 393,14 m² ubicada en el distrito de Matucana, provincia Huarochirí, departamento de Lima, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución."
Resolución N° 0768-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-06
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitada por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área de 479,89 m², ubicada en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0767-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-06
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO solicitada por PROVÍAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área de 77,56 m² ubicada en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0766-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-05
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de CESIÓN EN USO presentada por ADOLFO NOLE CARMEN, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Resolución N° 0765-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-05
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por EDGARDO ALBERTO ALOR SOLORZANO y ERROL CARLOS ALOR SOLORZANO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Resolución N° 0764-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-05
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de CESIÓN EN USO presentada por la ASOCIACIÓN CIVIL DE ARTE Y DEPORTE – ARTDEPOR, representada por Bruno Enríquez Gómez, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Resolución N° 0763-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-10-02
Rectificar el Considerando 20, descrito en la Resolución n.° 0497-2020/SBN-DGPE-SDAPE: Dice: “(…) se ha determinado que el valor referencial estimado total para el periodo de tiempo considerado desde la fecha de suscripción del acta de entrega provisional (7 de junio de 2019) hasta la emisión de la presente resolución que corresponde a un (1) año, un (1) mes y tres (3) días, asciende a S/ 206 979,89 (doscientos seis mil novecientos setenta y nueve y 89/100 soles) (…)”, debiendo ser lo correcto: “(…) se ha determinado que el valor referencial estimado total para el periodo de tiempo considerado desde la fecha de suscripción del acta de entrega provisional (7 de junio del 2019) hasta la emisión de la presente resolución que corresponde a un (1) año, un (1) mes y tres (3) días, asciende a S/ 46 570,48 (cuarenta y seis mil quinientos setenta con 48/100 soles) o US$ 13 118,45 (trece mil ciento dieciocho con 45/100 dólares americanos) (…)”.