Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0403-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-06-23
APROBAR la REASIGNACION DE LA ADMINISTRACION, en favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOCHE, representado por el Alcalde, César Arturo Fernández Bazán, respecto del área de 5 972,55 m², ubicado en la manzana 43, lote 1,
Asentamiento Humano “Alto Moche A”, del distrito de Moche, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la partida n.° P14062905 del Registro de Predios de la
Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral n.° V–Sede Trujillo, y anotado con CUS n.° 22597, por un plazo indeterminado, con la finalidad que se ejecute el proyecto denominado “Creación de un área destinada a parque en el C.P. Miramar en el distrito de Moche, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad”.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitada por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área de 7,00 m², ubicada en el distrito de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
APROBAR la CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE a favor de la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A. por el plazo de treinta (30) años, respecto del predio de 555.29 m², ubicado en el distrito de Pariñas, provincia de Sullana y departamento de Piura, inscrito a favor del Estado en la partida n.° 11007653 del Registro de Predios de Sullana de la Zona Registral n.° I– Sede Piura y anotado con CUS n.°54561; conforme a la documentación técnica que sustenta la presente Resolución, debiendo contabilizarse el plazo de la servidumbre a partir de la suscripción del Acta de Entrega-Recepción n.º 00131-2018/SBN-DGPE-SDAPE del 3 de octubre del 2018, culminando así el derecho de servidumbre el 3 de octubre del 2048.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los diecinueve (19) predios descritos en el quinto
considerando de la presente resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los siete (7) predios descritos en el quinto
considerando de la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área de 493,36 m2, ubicada en el distrito de Ccatcca, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del
área de 152,83 m2, ubicada en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del
área de 62,88 m2, ubicada en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del
área de 159,77 m2, ubicada en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del
área de 4 942,44 m2, ubicada en el distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.