Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0096-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-02-04
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, evaluada en el expediente n.° 042-2020/SBNSDAPE, solicitado por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC respecto del área de 152,00 m² con código DC-VA-030-B ubicada en el distrito de Langui, provincia de Canas, departamento de Cusco, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, evaluada en el expediente n.° 1686-2019/SBNSDAPE, solicitado por PROVIAS NACIONAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC respecto del área de 91 095,66 m² ubicada en el distrito y provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Dar por CONCLUIDO EL PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SERVIDUMBRE requerido por la señora MARIA SOLEDAD FLORES VÁSQUEZ sobre el área de 348,37 m², ubicado en el Pueblo Joven Francisco de Zela, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, conforme a las razones expuestas en la presente resolución.
Disponer la EXTINCION DE LA AFECTACIÓN EN USO otorgada al MINISTERIO DE SALUD por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto de predio de 329,25 m², ubicado en el lote 20, Mz. W-4, Urb. Pro – cuarto sector – primera etapa, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° 11873142 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral n.° IX – Sede Lima, conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución, reasumiendo el Estado la administración del mismo.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRANSITO a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 58,61 m², ubicado en el predio rural Punchauca, Caudevilla y Anexos, Concon y Huacoy, U.C. 01166, Proyecto Compensación Punchauca, Valle Chillón - Rímac, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito la partida registral n.° P01292544 del Registro de Predios de Lima, a fin que lo destine a la Línea de Impulsión de 250 mm del Proyecto “Estudio de Factibilidad del Desarrollo para el Aprovechamiento Óptimo de las Aguas Superficiales y Subterráneas del Río Chillón”, según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los ocho (08) predios descritos en el quinto
considerando de la presente resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 972,30 m², ubicado en el lote 1, manzana N1, Centro Poblado Comas, sector 2, del distrito de Comas, provincia de Concepción y departamento de Junín, inscrito en la partida n.º P16058221 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huancayo de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo, y por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 680 m², ubicado en el lote PP, manzana A1, Asentamiento Humano Primero de Mayo, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.º P03132755 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, y por los fundamentos expuestos en la
presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, evaluada en el expediente n.° 1729-2019/SBNSDAPE, solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC respecto del área de 492,00 m², denominada RV4-T2-EPU-025, ubicada en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, evaluada en el expediente n.° 1731-2019/SBNSDAPE, solicitado por PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC respecto del área de 21 887,34 m², denominada RV4-T3-LVIC-004, ubicada en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.