Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0015-2020/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2020-01-15
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la empresa AGROPECUARIA FORTALEZA PARAMONGA S.R.L., representada por su gerente general, JOSÉ MARTÍN CORNEJO CARRANZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de reasignación de la administración presentada por la GERENCIA REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de constitución del derecho de USUFRUCTO DIRECTO POR CAUSAL DE POSESIÓN, presentada por Enrique Antonio Pilco Vera, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por CIPRIAN MENDOZA OROS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES NUEVO VALLE DE GUADALUPITO, a través de César Cruz Perfecto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la ASIGNACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN, en favor del PODER JUDICIAL DEL PERÚ – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR, respecto del predio de 2 322,10 m² ubicado en el sub lote 3 sector E2C de la unidad E avenida Guillermo Billingurst y avenida Belisario Suárez - urbanización San Juan, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° 14184837 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por un plazo indeterminado, con la finalidad que lo destine al proyecto denominado “Mejoramiento de los servicios de administración de justicia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur (Sede San Juan de Miraflores)”, por las razones expuestas en la presente Resolución.
MODIFICAR el artículo 1° de la Resolución n.° 0796-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 2 de setiembre de 2019, conforme al siguiente texto: Artículo 1°.- APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO a perpetuidad a favor de la empresa Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. – EPS GRAU S.A, respecto al área de 9 601,97 m², dividida en área n.° 1 de 7 761,73 m² y área n.° 2 de 1 840,24 m² ubicado en la zona del Caserío Mariposa, distrito, provincia y departamento de Piura, inscrito a favor de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura en la partida n.° 04016453 del Registro de Predios de Piura, con la finalidad de destinarlo para la tubería de la cámara de bombeo CB-01-Mariposa, para la ejecución del proyecto: “Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado en los Asentamientos Humanos de los distritos de Piura y Castilla” según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los cuarenta y ocho (48) predios descritos en el
quinto considerando de la presente resolución.
ASUMIR LA TITULARIDAD de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio 20 870,45 m², que forma parte del predio de mayor extensión denominado “Alto de la Villa” ubicado en el distrito de Moquegua de la provincia de Mariscal Nieto del departamento de Moquegua, inscrito a favor del Estado representado por la Ministerio de Agricultura en la partida n.° 05043961 del Registro de Predios de Moquegua de la Zona Registral n.° XIII – Sede Tacna.