Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0172-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-03-27
Aprobar la REASIGNACIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO en favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA, respecto del predio de 1 026,00 m², ubicado en la antigua Panamericana Norte a la altura del kilómetro 192 del distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima, inscrito en la partida registral n.° 08029204 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por un plazo indeterminado, con la finalidad de que se destine a la sede del Programa Académico de Ingeniería en Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional de Barranca.
Modificar el artículo 1° de la Resolución n.° 0038-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 18 de enero de 2018, debiendo quedar en los términos siguientes:
“Artículo 1°. - disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 26 280,14 m², ubicado al Sur del límite distrital entre El Alto y Los Órganos, en la margen izquierda de la carretera Cabo Blanco – El Ñuro, a 2,81 km. al Norte del centro poblado El Alto, distrito El Alto, provincia Talara, departamento de Piura; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.”
Disponer LA PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 33 605,37 m², ubicado al Suroeste de pampa Mata Caballo, frente a la playa Lobera, anexo La Libertad; acceso a 23 kilómetro por camino de herradura que une Yanyarina con La Libertad, distrito de Lomas, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO A FAVOR DEL ESTADO del terreno eriazo de 1 784 586,69 m² ubicado a un kilómetro de la avenida Canto Grande, cerca al Pueblo Joven San Hilarión y al Asentamiento Humano Señor de Luren, distritos de San Juan de Lurigancho e Independencia, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la EXTINCIÓN DE LA CESIÓN EN USO otorgada al SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, respecto de las áreas denominadas Predio 1 de 38,07 m², Predio 2 de 148,72 m² y Predio 3 de 49,21 m², que forman parte de un predio de mayor extensión denominado Lote A, ubicada al Norte y Este de la Manzana A del Asentamiento Humano La Juventud y al Este del Asentamiento Humano Madrigal II, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral n.° 12902396 del Registro de Predios de la Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la EXTINCIÓN DE LA CESIÓN EN USO otorgada al SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL por incumplimiento de la finalidad de la Cesión en Uso, a favor del Estado, respecto del predio de 330,88 m², ubicado en el Jr. Progreso y el Jr. José Olaya en las partes altas de los cerros colindantes con el Asentamiento Humano Clorinda Málaga de Prado, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral n.° 12902353 del Registro de Predios de la Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENDETE la EXTINCIÓN DE AFECTACIÓN EN USO por renuncia, formulada por el Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales respecto de los predios de: a) 74 334,95 m² ubicado en la Parcela 1 de la Sub Zona C, Urb. Country Club, Balneario Santa Rosa, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida registral n.° 11803474 del Registro de Predios de Lima, anotado en el CUS n.° 39821, b) 143,88 m² ubicado en el Asentamiento Humano San Cosme, manzana L, lote 2, sector El Pino, distrito de la Victoria, provincia y departamento de Lima, Inscrito en la partida registral n.° P02110296 del Registro de Predios de Lima, anotado en el CUS n.° 28533, c) 584 381,50 m² ubicado en Lomas Rio Seco, altura del Km 31,5 carretera Lima - Canta, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida registral n.° 12491444 del Registro de Predios de Lima, anotado con el CUS n.° 53574, en atención a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 3,243.20 m² ubicado en el Asentamiento Humano Los Portales de Puruchuco, Mz H, Lote 1, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P02204191 del Registro de Predios de Lima, Zona Registral n.º IX – Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 108,00 m², ubicado en el Lote 3BIS, Manzana J-2 del Pueblo Joven Laderas de Chillón, distrito Puente Piedra, provincia y departamento Lima, inscrito en la partida registral n.° P01167351 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer LA PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 1 570,38 m² ubicado al oeste de la zona denominada Farallones, a 2.2 km. de distancia del km. 92 de la Panamericana Sur, distrito de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.