Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0723-2018/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2018-10-22
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cesión en uso, presentado por el representante legal de la empresa LEVEL 3 PERU S.A, sobre un predio de 182,118 m² que forma parte de un área de mayor extensión, ubicado en la cúspide del cerro La Milla, en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reasignación de la administración, presentada por el Jefe de la Región Policial – Lima de la Policía Nacional del Perú, respecto de un predio con un área de 343,20 m² que forma parte de un área de mayor extensión ubicado en la av. Punta Hermosa cdra 03 s/n Urb. Miramar, distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 82,30 m², ubicado en Lote 1, Manzana V del Centro Poblado Menor La Quebrada, distrito San Luis, provincia Cañete y departamento Lima, inscrito en la Partida Registral N° P17018810 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX–Sede Lima.
Disponer la extinción de la afectación en uso por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 3 273,48 m², ubicado en Lote 13, Manzana R, Urbanización Sirius III, distrito La Molina, provincia y departamento Lima, inscrito en la Partida Registral N° 44771810 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX–Sede Lima.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de asunción de titularidad por puesta a disposición a favor del Estado, presentada por el Gobierno Regional de Ancash, respecto de un predio de 308,0016 has, ubicado en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash; conforme a las razones expuestas en la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la Directora de la Unidad de Gestión Educativa Local 04, mediante la cual peticionó la formalización de la decisión de demoler el inmueble donde viene funcionando la Institución Educativa N.º 3074 “Pedro Ruiz Gallo”, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, conforme a las razones expuestas en la presente resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 257 768,31 m², el cual está ubicado en las proximidades del Cerro Blanco, a 33 kilómetros al Sur del Centro Poblado Ocucaje, en el distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los predios inscritos en la Oficina Registral de Ilo, bajo el detalle siguiente:
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reasignación de la administración, presentada por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ucayali, respecto del predio de 1 015,00m², ubicado en Lt. 1, Mz. 6, Asentamiento Humano Municipal Hortencia Pardo, distrito Manantay, provincia Coronel Portillo, departamento Ucayali, inscrito en la Partida Nº P19005732 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº VI – Sede Pucallpa, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de reasignación de la administración, presentada por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ucayali, respecto de un predio de 13,000 m², ubicado en el Lt. 1, Mz. 22, Sector Roca Fuerte, Asentamiento Humano Proyecto Integral La Paz, distrito de Manantay, provincia Coronel Portillo y departamento de Ucayali, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.