Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0012-2018/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2018-01-09
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 919,29 m², ubicado en el lote 1, manzana S, Asentamiento Humano Asociación de Vivienda El Morro del distrito de Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P20031918 del Registro de Predios de Tacna; manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarrecin Lanchipa.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 193 458 596,76 m², ubicado entre los cerros Chanari, Calatos y Canterayoc, al Oeste de la Pampa de Lechuzas y del cerro Los Calatos y al Sureste del río Tambo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 4 348,89 m², ubicado en el lote 3, manzana 47, Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre del distrito de Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P20019727 del Registro de Predios de Tacna; manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Ministerio de Salud.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 4 715 m², ubicado en el lote 1, manzana B1, Centro Poblado Las Antillas del distrito de Paracas, provincia de Pisco y departamento de Ica, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P07081634 del Registro de Predios de Ica; manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Ministerio de Educación.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 792 m², ubicado en el lote 1, manzana LL, Asentamiento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Eduardo de la Piniella del distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P06065896 del Registro de Predios de Arequipa, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Yura.
Disponer la primera inscripción de dominio en el marco del Decreto Legislativo N° 1192 a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, del terreno urbano de 79,68 m², denominado R01, ubicado en el pasaje Martín Adán, a la altura del kilómetro 43 de la Antigua Carretera Panamericana Sur, distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de ser destinado al Proyecto 112): “Provisión de los Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR”, según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio en el marco del Decreto Legislativo N° 1192 a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, del terreno urbano de 64,00 m², denominado R02, ubicado en el pasaje Ciro Alegría, altura del kilómetro 43 de la Antigua Carretera Panamericana Sur, distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de ser destinado al Proyecto: “Provisión de los Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR”, según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de afectación en uso en vías de regularización, presentada por la Junta de Vecinos Vigilantes ZAMARCA (Calles Zaragoza, Marbella y Cataluña) de la Urbanización Mayorazgo III Etapa, distrito de Ate, respecto de los predios de 971,32 m² y de 1 308,00 m², ubicados en el Lt. 25, Mz. T y Lt. 26, Mz. T ambos de la Urbanización Mayorazgo III Etapa, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, respectivamente, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cesión en uso, presentado por el Comité de Gestión Provincial de Barranca, respecto del área de 3 565,70 m², ubicado en la Calle Atarjea Alta N° 205, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Gobierno Regional de Cajamarca, respecto del predio de 2 505,14 m², que forma parte de un área de mayor extensión ubicado en el Lote 1, Manzana 122, Centro Poblado Santa Cruz de Succhabamba, distrito y provincia de Santa Cruz y departamento de Cajamarca, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.