Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0183-2016/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2016-03-16
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ica, sobre otorgamiento del derecho de Servidumbre del área de 168,00 ha, ubicado en el distrito de Marcona, Provincia de Nazca y departamento de Ica, requerida por la Compañía Minera Agregados Calcáreos S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, sobre otorgamiento del derecho de Servidumbre de las áreas denominadas 1A de 2 619 631,85 m², 1B de 4 362 166,60 m², 1C de 1 110 764,97 m² y 1D de 1 007,53 m², dando un total de 8 093 570,95 m² requerida por la empresa Total Genius Iron Mining S.A.C., ubicada en el distrito de Punta Bombón, provincia de Islay y departamento de Arequipa, por las razones expuestas en la parte considerativa.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, sobre otorgamiento del derecho de Servidumbre del área de 55 728 630,21 m², requerida por la empresa Kartikay Peruvian Mining Company S.A.C. ubicada entre los distritos de Vista Alegre y Santa Lucía, provincias de Nazca y Lucanas, y departamento de Ica y Ayacucho, por las razones expuestas en la parte considerativa.
Disponer la Reversión de dominio por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, respecto del predio de 9 549,49 m² ubicado a la altura del kilómetro 6 de la Carretera Lima – Pucusana, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida N° 12306179 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral n° IX-Sede Lima.
Disponer la Inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 000,00 m², ubicado en el lote CAP, sector III, asentamiento humano Bayobar, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº P02029462 del Registro de Predios de Lima; manteniéndose vigente la Afectación en uso a favor del Obispado de Chosica.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 564 816,18 m², ubicado al sur de la quebrada Chuguitanta y al este de la quebrada Paros, distrito de Ambar, provincia de Huaura, departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 100 002,91 m², ubicado a 1.8 kilómetros aproximadamente al sur del poblado de Chaipi, al este del cerro Matejaja y a 0.7 kilómetros del río Chacras (margen derecha), distrito de Pullo, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 000 000,00 m², ubicado entre el denominado cerro Atorane y el cerro Redondo, al norte de la quebrada Totoral, margen derecha del río Porobaya, distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 67,00 m², ubicado en la parte posterior del lote 11 de la manzana XV de la Asociación Pro Vivienda Inca Manco Capac – III Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 355 763,24 m², ubicado a 2.2 kilómetros al suroeste del centro poblado Nepen y en la desembocadura izquierda del río Chicama, distrito de Santiago de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.