Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 1333-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-11-26
Disponer LA PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 2 018 118,27 m² ubicado en la quebrada Cañón Roto, a 13,10 km al Este de la intersección de la carretera Panamericana Sur (PE-1S) con el Ferrocarril del Sur en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la INSCRIPCION DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 847,50 m², ubicado en el lote 7, manzana I, Pueblo Joven Cruz de Motupe, Etapa Primera, Grupo 3, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P02017223 del Registro de Predios de Lima, Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER LA REVERSIÓN DE DOMINIO por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 2 322,10 m² ubicado en el Sub Lote 3 Sector E2C de la Unidad E Avenida Guillermo Billingurst y Avenida Belisario Suárez - Urbanización San Juan, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° 14184837 del Registro de Predios de Lima, el mismo que se originó de la independización de la partida n.° 49089657 que fue materia de transferencia.
Disponer la CONSERVACIÓN DE DOMINIO DEL PREDIO por cumplimiento de la finalidad, respecto del área de 297 660,00 m² que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito y provincia de Ilo y departamento de Moquegua e inscrito en la partida n.° 11021189 del Registro de Predios de Ilo.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 9 109 589,18 m², ubicado en el cerro San Pablo, al sur de Las Minas de Chapi y al oeste de los poblados de El pique y Callahuasi, distrito de La Capilla, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
DISPONER LA PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO DE PREDIOS DEL ESTADO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto de un terreno rural de 412,33 m², denominado PM1G-AERCAJAM-PR-058A, ubicado en el sector Betania, colindante con el predio U.C. n.° 104288, al Sur del Aeropuerto Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias, distrito, provincia y departamento de Cajamarca (en adelante “el predio”), para ser destinado a la Infraestructura Aeroportuaria denominada: Aeropuerto “Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias”, conforme al plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE PAITA, representada por su presidente, Eusebio Teófilo Junco Rumiche, mediante la cual solicita la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la empresa AGRO INDUSTRIAS SAYAL S.A.C representada por su gerente general, Néstor Álvarez Yarcuri, mediante la cual solicita la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 414,98 m², ubicado en el predio rural Punchauca, Caudevilla y Anexos, Concoy y Huacoy, U.C. 01056 y 01054, Proyecto Compensación Punchauca, Valle Chillón - Rímac, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito en las partidas registrales n.° P01292533 y n.° P01304784 del Registro de Predios de Lima, a fin que lo destine a la Línea de Conducción de 1,400 mm del Proyecto “Estudio de Factibilidad del Desarrollo para el Aprovechamiento Óptimo de las Aguas Superficiales y Subterráneas del Río Chillón”, según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 217,95 m², ubicado en el predio rural Punchauca, Caudevilla y Anexos, Concoy y Huacoy, U.C. 01054 y 01053, Proyecto Compensación Punchauca, Valle Chillón - Rímac, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito en las partidas registrales n.º P01304784 y n.º P01304783 del Registro de Predios de Lima, a fin que lo destine a la Linea de Conducción de 1,400 mm del Proyecto "Estudio de Factibilidad del Desarrollo para el Aprovechamiento Óptimo de las Aguas Superficiales y Subterráneas del Río Chillón", según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.