Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0707-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-08-15
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cesión en uso presentada por la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE LAS BRISAS DE VILLA, representada por Patricia Del Carmen Morales Sánchez en su calidad de Presidenta del Consejo Directivo, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 1 533,60 m², ubicado en el lote 1, manzana U, Asentamiento Humano Promuvi V, Sector B, distrito y provincia de Ilo y departamento de Moquegua, inscrito en la partida n.º P08013309 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo de la Zona Registral n.° XIII - Sede Tacna, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 779,80 m², ubicado en el lote 24, manzana C’, Asentamiento Humano Urbanización Popular de Interés Social Miramar, distrito y provincia de Ilo y departamento de Moquegua, inscrito en la partida n.º P08025882 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo de la Zona Registral n.° XIII - Sede Tacna, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los dos (2) predios descritos en el sexto considerando de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por “EPS SEDAPAR SA” contra la Resolución n° 0340-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 22 de mayo de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, que dispone la extinción de la afectación en uso por los fundamentos expuestos, y dar cumplimiento según lo expuesto en el décimo segundo considerando de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por la PROCURADURÍA PÚBLICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN contra la Resolución n.° 0451-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 12 de junio de 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por ZAQUEO LUIS ZELA GUERRERO y BACILIA OYARDO ESPINOZA DE ZELA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por LA AGRUPACIÓN FAMILIAR NUEVA GENERACIÓN HUANTA S.J.L. representada por Juan Francisco Álvarez Leguía en su calidad de Presidente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la AGRUPACIÓN FAMILIAR LOS MILAGROS DE SAN FERNANDO, representada por su secretaria general Aurelia Tanta Duran, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE presentada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, respecto del área de 1 600 360,52 m2, ubicada en el distrito Punta de Bombón, provincia de Islay y departamento de Arequipa, requerida por la empresa SWISSMIN S.A.C. por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.