Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0681-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-08-06
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN AGROPECUARIO FORESTAL ECOTURÍSTICO E INDUSTRIAL "NUEVO PARAISO", representada por su presidente Pedro Riofrio Neyra; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de CESIÓN EN USO presentada por la “ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS CASUARINAS DE SAN FRANCISCO DE LA TABLADA DE LURÍN”, representado por su presidente Pauliciano Esteban Llanos Palomino, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
APROBAR LA CONTITUCUÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 446,27 m2, que se ubica en el predio denominado área de futura expansión Parcela A del Asentamiento Humano Villa María del Triunfo (Parcela A2) Parcela Remanente A, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de la Comisión de Formalizacion de la Propiedad Informal en la partida n.° P03270324 del Registro de Predios de Lima, con la finalidad de destinarlo al acceso al reservorio RRP-06 para la ejecución del proyecto: “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301 de la zona de Nueva Rinconada - distritos de San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador - Etapa I” según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 201,87 m2, denominado “Terreno 3”, ubicado en parte de la avenida prolongación acceso A en la urbanización popular de interés social Proyecto Integral Ciudad Pachacútec, distrito de Ventanilla, provincia constitucional del Callao, inscrito a favor del Gobierno Regional del Callao en la partida n.° P52012034 del Registro de Predios del Callao, a fin que lo destine para la instalación del paso de tuberías del emisor terrestre del proyecto “Entubamiento de todo el recorrido del efluente tratado desde la salida de la PTAR Ventanilla hasta su disposición final en el mar de la Playa Costa Azul - Ventanilla”, según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 112,57 m2, que se ubica sobre parte de la avenida Miguel Grau en el Asentamiento Humano Año Nuevo, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima inscrito a favor del Estado representado por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) en la partida n.° P01033707 del Registro de Predios de Lima, con la finalidad de evacuar las aguas que se juntan en la cámara CRP-1 del Ramal Norte, así como de la estación reductora de presión ERP-A2 ubicada en la línea de derivación a Pachacútec del proyecto “Optimización de la línea de rebose de la cámara reductora de presión CRP-1 del ramal norte desde la salida del túnel 2 al rio Chillón - distrito de Comas", según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO a perpetuidad a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al predio de 542,59 m2, que se ubica sobre parte del jirón Navarro Sánchez entre la avenida Alfonso Ligarte y el jirón Natalio Jiménez del Asentamiento Humano Año Nuevo, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado representado porCOFOPRI en la partida n.° P01033707 del Registro de Predios de Lima, con la finalidad de destinarlo para evacuar las aguas que se juntan en la cámara CRP-1 del Ramal Norte, así como de la Estación Reductora de Presión ERP-A2 ubicada en la línea de derivación a Pachacútec del Proyecto “Optimización de la Línea de Rebose de la Cámara Reductora de Presión CRP-1 del Ramal Norte desde la salida del Túnel 2 al Rio Chillón - distrito de Comas” según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 3 644,08 m2, ubicado en el lote 2, manzana F, Programa de Vivienda Conjunto Residencial Santísimo Salvador de las Palmas, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P03164062 del Registro de Predios de la Zona Registral n.0IX - Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la CESIÓN EN USO a favor del ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL CLÍNICA ALBERGUE ONCOPEDIÁTRICO SHARI WASI respecto del predio de 260,70 m2 ubicado en Jr. Huanta 223 (Ex Calle Rufas), distrito, provincia y departamento de Lima, inscrita en la partida n.° 47530237 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral n.° IX - Sede Lima, por un plazo de cinco (5) años, para que sea destinado a un Albergue para dar alojamiento y alimentación a niños y a sus madres con enfermedades oncohematológicas y otras, provenientes del interior del país que no tienen recursos económicos y vienen a Lima para un tratamiento adecuado, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración presentado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación contra el extremo de la Resolución n.° 0258-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 29 de abril de 2019 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Dar por CONCLUIDO el trámite de constitución del derecho de servidumbre de paso, presentado por la Comunidad Campesina Llanac respecto al predio ubicado en la trocha carrozable Cruz de Hueso, Anexo Cardal, distrito de Santo Domingo de los Ollleros, provincia de Huarochiri, departamento de Lima, por las razones expuestas en la presente resolución.