Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0282-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-05-09
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo extra urbano de 121 799 001,12 m², ubicado entre las pampas Cordilleras y las Salinas y el cerro Blanco con acceso desde el Km. 1 115 hasta el Km. 1 123 de la carretera Panamericana Sur, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 745,86 m², ubicado a la altura del km 63.3 de la carretera Panamericana Norte, al Sureste del sector San Javier Alto y al Norte de la Central Hidroeléctrica Kallpa, distrito de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de EXTINCIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO por causal de renuncia, presentada por LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN, respecto del predio de 1 830,00 m², ubicado en el lote 2, manzana 37, sector Manco Cápac del Pueblo Joven Alto Paijan, distrito de Paijan, provincia de Ascope y departamento de La Libertad, inscrito en la partida n.° P14046734 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral n.° V - Sede Trujillo, conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración presentado por la Región Policial Moquegua contra el extremo de la Resolución n°. 0068-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 21 de febrero de 2019 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, que dispone la extinción de la afectación en uso, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el señor CARLOS EDMUNDO CONTRERAS QUINTO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el señor ANIBAL ROLANDO VARGAS HERMOZA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por AURELIO ROMÁN LÓPEZ, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por NORMA ROSSANA DÁVILA DE GÓMEZ MOGOLLÓN por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de REASIGNACION DE LA ADMINISTRACIÓN presentada por la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LORETO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por LUPE SABINA BEDREGAL GALDOS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.