Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0262-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-04-29
FORMALIZAR LA DECISIÓN DE DEMOLER la infraestructura de la Institución Educativa n.° 1211 “José María Arguedas” efectuada sobre el predio de 1 562,51 m², ubicado en el Lote 1 de la Manzana I, con frente a la Calle Las Violetas, Urbanización El Sol, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, inscrita en la partida n.° 11749541 a favor del Ministerio de Educación, por encontrarse en estado ruinoso, en atención a lo solicitado por la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por HENRY WALTER VILCHEZ GOMERO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Disponer la CONSERVACIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO en favor de la Municipalidad Distrital de Ventanilla respecto del área de 42 540,36 m² ubicado en la Av. Pedro Beltrán (antes Av. Los Álamos) que forma parte del predio de mayor extensión denominado Área Remanente I de la Parcela A, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao y departamento de Lima, inscrito en el asiento D 00005 de la Partida n.° 07015046 del Registro de Predios del Callao, Zona Registral n. ° IX – Sede Lima, en atención a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
Disponer la REVERSIÓN DE DOMINIO por incumplimiento de las obligaciones y finalidad a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 971,93 m², ubicado en el distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María en la partida n.° 13445012 del Registro de Predios de Lima.
Disponer la EXTINCIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor del MINISTERIO DE EDUCACIÓN por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, respecto del predio de 1 757,00 m², ubicado en la Mz. H Lt. 1, Asentamiento Humano Las Melinas, distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, inscrito en la Partida Registral n.° P19027814 de la Oficina Registral de Pucallpa - Zona Registral n.° VI – Sede Pucallpa, por los fundamentos expuestos en la presente resolución, reasumiendo el Estado la administración del mismo.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 11 250,08 m², ubicado en el lote 1, manzana R-4, Zona B del Asentamiento Humano Asociación Pro Vivienda Primero de Junio, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida N° P06054181 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Arequipa, Zona Registral n.° XII – Sede Arequipa, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 370,41 m² ubicada en el lote 2, manzana n.° 3 del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, UCV NS n.° 3 Zona de Vivienda, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P02204777 del Registro de Predios de Lima, Zona Registral n.° IX – Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la EXTINCION DE LA AFECTACIÓN EN USO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del área de 674,39 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en la esquina de las calles Callao y San Martin, distrito y provincia de Moyobamba, departamento San Martin, inscrito en la partida n.° 07009347 del Registro de Predios de Moyobamba Zona Registral N° III – Sede Moquegua, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Modificar el artículo 1° de la Resolución n.° 0582-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de agosto de 2018, en los términos siguientes:
“Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 48 497,23 m², ubicado al Este del A.A.H.H El Huarango La Tierra Prometida, al Sur del cerro el Toro y al Norte de la laguna Huacachina, distrito, provincia y departamento de Ica; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.”
INFUNDADO el recurso de reconsideración, interpuesto por la empresa INDUSTRIA DE GESTIÓN TECNOLÓGICA S.A.C., contra la Resolución N° 0662-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 24 de setiembre de 2018, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.