Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 1022-2016/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2016-11-24
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de afectación en uso, en vía de regularización, presentada por la Municipalidad Distrital y Villa de Yarabamba, respecto del predio de 3 565,81 m², ubicado en el asentamiento humano Santa Cecilia, en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de Arequipa, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Aceptar el DESISTIMIENTO formulado por el señor Fernando Andrés García Álvarez en representación de ENTEL PERU S.A, respecto de su solicitud de arrendamiento directo del área de terreno de 100,00 m², que forma parte del predio de mayor extensión denominado Parcela 9-A del distrito de Marcona, provincia de Nasca y departamento de Ica, inscrito en la Partida N° 40026974 del Registro de Predios de la Oficina Registral Nasca, Zona Registral n° XI – Sede Ica.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del área de 97,00 m², ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, requerida por la empresa América Móvil Perú S.A.C; por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna contra la Resolución N° 825-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 16 de setiembre de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Disponer la extinción de la afectación en uso por renuncia a favor del Estado, respecto del predio de 380,00 m², ubicado en el Jr. Washington Nº 1938 - 1946, distrito, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida N° 07018787 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral n° IX-Sede Lima, en atención a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución, reasumiendo el Estado la administración del mismo.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de constitución del derecho de usufructo a favor de la empresa Vallas y Gigantografías de Perú S.A. de una longitud de 70,00 ml del muro exterior del predio ubicado en la avenida La Universidad y la avenida Alameda del Corregidor, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, conforme a las razones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de servidumbre a favor de la empresa Entel Perú S.A., del área de 3 570,31 m², ubicada entre los distritos de Pucusana y Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima, conforme a las razones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del área de 97 754,57 m², ubicada en el distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento Arequipa, requerida por la empresa Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Chapi 99, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por América Móvil S.A.C., contra la Resolución N° 0816-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 09 de setiembre de 2016.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 719 023,84 m², ubicado a 3.13 kilómetros Suroeste de la carretera Panamericana Norte, entre los kilómetros 232 y 236, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.