Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0636-2016/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2016-07-26
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 2 576,00 m², ubicado en el lote 1, manzana H’, Pueblo Joven La Victoria, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N° P09021083 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chimbote, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Provincial del Santa.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 307,40 m², ubicado en el lote 1, manzana J, asentamiento humano Virgen del Carmen, distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P17010527 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cañete, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Ministerio de Educación.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 229,00 m², ubicado en el lote 1, manzana Q1, centro poblado Huamanguilla, distrito de Huamanguilla, provincia de Huanta y departamento de Ayacucho, inscrito en la Partida Registral N° P11018234 del Registro de Predios de Huanta, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla.
"Disponer la reversión de dominio por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, respecto de los predios denominados Lote 1 con un área de 15 895,08 m² inscrito en la Partida Nº P14197089 del Registro de Predios de Trujillo, y Lote 1A con un área de 5 298,32 m² inscrito en la Partida Nº P14197090 del Registro de Predios de Trujillo, Zona Registral n° V-Sede Trujillo, ambos ubicados en el lote 1, de la manzana 28, Barrio 3 del Pueblo Joven La Esperanza – Sector Jerusalén, distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.
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Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del área de 8 095 817,63 m², ubicada en el distrito de Andaray, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, requerida por la empresa Minera Chalhuane S.A.C., por las razones expuestos en la parte considerativa.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del área de 6 926 942,44 m², ubicada en el distrito de Andaray, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, requerida por la empresa Minera Chalhuane S.A.C., por las razones expuestos en la parte considerativa.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 64 322,90 m² ubicado en la pampa Era de Pando, a 3.7 kilómetros al Sureste del centro poblado rural Liman y 760 metros al Norte del centro poblado Pando, a 1.2 kilómetros al Noreste de la ruta LM-102 altura del kilómetro 12 y al Oeste del cerro Orqueta, en la margen derecha del río Supe, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 169 773,46 m², ubicado al Sur del asentamiento humano Las Banderas de Puente Piedra, al Oeste del centro poblado Cerro Cajamarca, a 1.80 kilómetros de la margen izquierda del kilómetro 32 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 25 377 477,94 m², ubicado a 14,5 kilómetros al Noreste de la carretera Panamericana Norte, altura del kilómetro 159, a 6 kilómetros al Sureste de la Zona Arqueológica Caral, al Oeste del centro poblado Empedrada y al Este de la ruta R-45, distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 000 000,00 m², ubicado a la altura del cerro colorado y del límite distrital entre Supe y Ámbar, distritos de Supe y Ámbar, provincias de Barranca y Huaura, departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.