Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0922-2016/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2016-10-12
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del área de 56,12 m², ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, requerida por AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C., por las razones expuestos en la parte considerativa.
Disponer la extinción de la afectación en uso por renuncia a favor del Estado, respecto del predio de 303,50 m², ubicado en la Av. Arenales Nº 315, distrito, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida N° 12926665 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral n° IX-Sede Lima, en atención a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución, reasumiendo el Estado, la administración del mismo.
"Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio 3 909,70 m², ubicado en el lote 03, Mz. V del centro poblado Sincos, distrito de Sincos, provincia de Jauja y departamento de Junín, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida N° P16032682 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huancayo, Zona Registral n° VIII-Sede Huancayo.
"
Rectificar el área, linderos y medidas perimétricas del predio de 6 fanegadas que equivale aproximadamente a 173 866,09 m², ubicado sobre parte del lindero Este de la Base F.A.P. Las Palmas, con frente al jirón Teniente F.A.P. Jorge Chamot Biggs, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida N° 07004185 del Registro de Predios de Lima, por el área real de 167 506,48 m², según la documentación técnica que sustenta la presente resolución.
DEJAR SIN EFECTO el Acta de Entrega - Recepción Nº 00022-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 20 de marzo de 2015, sobre entrega provisional de las áreas de 625 124,22 m², 10 689,36 m² y 12 433,63 m²; ubicadas en el distrito de Santa Rosa, provincia de Pallasca y departamento de Ancash, otorgadas a favor de la Compañía Minera Caminante S.A.C; asimismo, la empresa deberá devolver las áreas indicadas en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de notificada la presente resolución, mediante la suscripción de un acta de entrega recepción; en caso, se niegue a la suscripción de la misma, se procederá a realizar las acciones tendentes a la recuperación de los predios en cuestión; conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesta por la señora Priscilla Brany Mamani Paredes contra la Resolución N° 258-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de marzo de 2016, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de asignación de la administración, presentada por La Municipalidad Metropolitana de Lima, respecto del predio de 668,86 m², ubicado en el lote 06, manzana J de la urbanización Los Cipreses, distrito, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de reasignación de la administración, presentada por el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, respecto del predio de 3 381,00 m², ubicado en el lote 14, manzana Q2, asentamiento humano La Rinconada de Pamplona Alta, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Afectación en Uso, presentado por la Municipalidad Distrital de Ate, respecto al predio de 1 728,17 m², ubicado a la altura del Kilómetro 7.5 de la Carretera Lima a Chosica, Ex Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reasignación de la administración, presentado por la Municipalidad Distrital de Cayma, respecto al predio de 1 123,07 m², ubicado en el lote 1, manzana M, zona B, pueblo joven asentamiento humano José Olaya, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en inscrito en la Partida Registral N° P06018457 del Registro de Predios de la Zona Registral n° XII – Sede Arequipa, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.