DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 13,36 m² (Área A con CUS 138040) y del área de 403,46 m² (Área B con CUS 138041), haciendo un total de 416,82 m², que forman parte de un predio de mayor extensión inscrito en la Partida Registral n.° 02010196 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Quillabamba de la Zona Registral n.° X - Sede Cusco, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 65 809,52 m² (6.5809 ha), que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Registral n.º 11276923 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral n.º II – Sede Chiclayo, anotado con CUS 143542,conforme a la documentación técnica brindada por eltitular del proyecto que sustenta la presente resolución.
APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio de 24,7539 has. (247 538,56 m²) ubicado en el Sector Manache, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, de propiedad del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales, en la Partida Registral N° 11030629 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Casma, Zona Registral N° VII – Sede Huaraz,; D. anotado con CUS N° 118107, a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL SANTA, CASMA Y HUARMEY – SEDACHIMBOTE S.A., para que sea destinado a la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR Nueva Área 2, que forma parte del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de la ciudad de Huarmey, Región Ancash”.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 10 160,15 m² (1,0160 ha), que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Registral n.º 11276920 del
Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral n.º II – Sede Chiclayo, anotado con CUS 143544, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 17.39 m2 que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Paucarcolla, provincia y departamento de Puno, inscrito a favor por COFOPRI, en la Partida Registral N° P47025583 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Puno; con CUS N° 143058, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
SUSPENDER la tramitación del procedimiento de VENTA DIRECTA solicitada por la ASOCIACIÓN CENTRO ECOTURÍSTICO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, representada por su Presidente Félix Olivares Peralta; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, seguido por la MUNICIPALIDAD DISITRITAL DE SAN JOSÉ por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, seguido por la MUNICIPALIDAD DISITRITAL DE SAN JOSÉ por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 17.39 m2 que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Paucarcolla, provincia y departamento de Puno, inscrito a favor por COFOPRI, en la Partida Registral N° P47025583 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Puno; con CUS N° 143058, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO, representada por su Gerente Municipal, Abog. Roberto C. Yañez Valenzuela, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.