DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 21 690,50 m2, que forma parte de otro predio de mayor extensión, ubicado en la “Zona Industrial II” y “Zona Industrial II Complementaria”, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, inscrito en la Partida Registral N° 00002414 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura de la Zona Registral N° I – Sede Piura a favor del Consejo Provincial de Paita con CUS N° 117207, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio descrito en el artículo primero de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL, para que sea destinado al proyecto denominado: “Tramos viales del eje multimodal del Amazonas Norte del “Plan de Acción para integración de infraestructura regional sudamericana – IIRSA”.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por EUSTAQUIO GUILLEN CHILE y NATIVIDAD LETONA ESPINOZA DE GUILLEN, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por RICARDO YAPUR NAKHOUL y ANA VIVIANA ECHEVARRIA PAZOS DE YAPUR, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
APROBAR la INDEPENDIZACIÓN de las áreas de 10 549,18 m² y 36 295,14 m2, ubicados en el Sector La Victoria del distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que forman parte de los predios inscritos a favor del Estado en las partidas registrales N° 11029248 y N° 11006388 del Registro de Predios de Casma, signado con CUS N° 114750 y N° 53098, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.APROBAR la TRANSFERENCIA INTERESTATAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O GOBIERNOS LOCALES de las áreas señaladas en el artículo primero de la presente resolución; a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY, para que sea destinado al proyecto denominado “Programa Municipal de Vivienda Asentamiento Humano Ampliación La Victoria - Las Salinas – Predio II”, bajo sanción de reversión a favor del Estado en caso de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 69º del Reglamento de la Ley Nº 29151.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 8 028.24 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, inscrito a favor del Estado Peruano en la partida registral N° 11006378 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Casma con CUS N° 53029, de acuerdo a la documentación técnica que se sustenta la presente Resolución.APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS LOCALES Y/O REGIONALES del predio descrito en el artículo primero de la presente resolución a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY, en aplicación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29151, para que sigan funcionando el CEMENTERIO EL ANGEL; caso contrario se revertirá el dominio del predio a favor del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 69° del citado Reglamento.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 73 379.62 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, inscrito a favor del Estado Peruano en la partida registral N° 11006378 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Casma con CUS N° 53029, de acuerdo a la documentación técnica que se sustenta la presente Resolución.APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS LOCALES Y/O REGIONALES del predio descrito en el artículo primero de la presente resolución a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY, en aplicación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29151, para que sigan funcionando el CEMENTERIO SAN LORENZO; caso contrario se revertirá el dominio del predio a favor del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 69° del citado Reglamento.
Aceptar el DESISTIMIENTO de la solicitud de TRANSFERENCIA INTERESTATAL presentada por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, representada por su primera adjunta Eugenia Fernán Zegarra, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por OSWALDO KEISER PARCO SOTO, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.