"Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 530,63 m2, ubicado en el distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 49027880 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima - Zona Registral IX - Sede Lima, con CUS No 100774; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la TRANSFERENCIA DE DOMINIO A TITULO GRATUITO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO – AATE.
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"Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 279,82 m2, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Lima, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 11091490 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima - Zona Registral IX - Sede Lima, con CUS No 100772; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la TRANSFERENCIA DE DOMINIO A TITULO GRATUITO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO – AATE.
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Declarar INADMISIBLE el recurso de reconsideración presentado por ASOCIACION DE POBLADORES VILLA LA CANTERA debidamente representado por WENDY CRISTINA VILLEGAS VALENCIA por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud venta directa presentada por CESAR ALEXANDER REVOLLEDO QUINTO, en virtud de los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JAIME MURGUÍA CAVERO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA POR SUBASTA PUBLICA presentada por ELARD RODRIGO SAAVEDRA BARRIGA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN CENTRO RECREACIONAL TURÍSTICO GLORIETAS II, representada por su presidente Prudencio Acho Choquecota, por los fundamentos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO, representado por su alcalde Cesar Augusto Salazar Carpio, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
"Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área 2 611,22 m2, ubicado en el distrito de Villa el Salvador, provincia y departamento, inscrito en la partida registral N° P03054542 del Registro de Predios de la Oficina Registral, Zona Registral IX-Sede Lima, con CUS No 102781, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO – AATE. Aprobar El MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO – AATE deberá destinar el área descrita en el artículo 1° de la presente resolución a la ejecución del proyecto: SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO, LÍNEAS 1 Y 2, Y LÍNEA 4: RAMAL AV. FAUCETT - AV. GAMBETTA.
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Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por WILLIAM MEZA LINO y MIRIAM OFELIA CAMARENA CARHUANCHO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.