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N° 0030-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-10-10

LA ENTIDAD QUE DISPONGA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SANEAMIENTO FÍSCO LEGAL DEBERÁ NOTIFICAR A TODOS LOS POSIBLES AFECTADOS CON EL REFERIDO PROCEDIMIENTO

N° 0029-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-09-27

“A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REGLAMENTO DE LA LEY 29151, APROBADO CON EL DECRETO SUPREMO N° 008-2021-VIVIENDA, EL PLAZO PARA LA OPOSICIÓN AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SANEAMIENTO TIENE REGULACIÓN EXPRESA EN EL NUMERAL 254.1 DEL ARTÍCULO 254 DEL REGLAMENTO, EN EL SENTIDO QUE ELLO PUEDE EFECTUARSE DENTRO DEL PLAZO DE (30) TREINTA DÍAS HÁBILES COMPUTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE SU NOTIFICACIÓN Y/O PUBLICACIÓN DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO”.

N° 0028-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-09-25

“NO CORRESPONDE AL ORPE PRONUNCIARSE SOBRE EL FONDO DE LA OPOSICIÓN DEL ACTO DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL, CUANDO ÉSTE HA SIDO PRESENTANDO FUERA DEL PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS (ENTIÉNDASE HÁBILES) COMPUTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN, ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 254.1 DEL ARTÍCULO 254 DEL “REGLAMENTO”, APROBADO CON EL DECRETO SUPREMO N° 008-2021-VIVIENDA”.

N° 0027-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-09-09

“CORRESPONDE EMITIR PRONUNCIAMIENTO AL ORPE SOBRE LA OPOSICIÓN PRESENTADA POR UNA ENTIDAD PÚBLICA DENTRO DEL PLAZO, EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL, AUN CUANDO DICHO RECURSO HA SIDO PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL CITADO ÓRGANO DE REVISIÓN CON POSTERIOR A LA INSCRIPCIÓN DE LOS ACTOS DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL.”

N° 0026-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-08-26

“LA LEGISLACIÓN NACIONAL PREVÉ LA COEXISTENCIA DE LA PROPIEDAD PREDIAL, SEA PÚBLICA O PRIVADA, CON EL DOMINIO DEL ESTADO DE LOS INMUEBLES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN DE CARÁCTER PREHISPÁNICO".

N° 0025-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-08-26

“LA LEGISLACIÓN NACIONAL PREVÉ LA COEXISTENCIA DE LA PROPIEDAD PREDIAL, SEA PÚBLICA O PRIVADA, CON EL DOMINIO DEL ESTADO DE LOS INMUEBLES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN DE CARÁCTER PREHISPÁNICO (…)”.

N° 0024-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-08-08

“LAS ENTIDADES QUE DISPONGAN EL INICIO DEL ACTO DE ASUNCIÓN DE TITULARIDAD A FAVOR DEL ESTADO Y CONSTITUCIÓN AUTOMÁTICA DE AFECTACIÓN DE USO A SU FAVOR, DEBERÁN OSTENTAR POSESIÓN SOBRE EL PREDIO MATERIA DE SANEAMIENTO”.

N° 0023-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-08-01

“PODRÁN INTERVENIR COMO PARTE DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL LOS ADMINISTRADOS QUE DEMUESTREN SER TITULARES DE UN DERECHO O CUENTEN CON UN INTERÉS LEGÍTIMO AL AMPARO DE SUS COMPETENCIAS”.

N° 0021-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-07-25

“CUANDO EL BIEN MATERIA DE SANEAMIENTO SEA UN INMUEBLE SOBRE TERRENO DEL ESTADO, CORRESPONDE NOTIFICAR A LA A DIRECCIÓN GENERAL DE ABASTECIMIENTO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, CONFORME SUS COMPETENCIAS”.

N° 0022-2024/SBN-ORPE
Publicado el 2024-07-25

“CARECE DE OBJETO QUE EL ESTADO ASUMA NUEVAMENTE LA TITULARIDAD DEL DOMINIO SOBRE “EL PREDIO” MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL, CUANDO YA OBRA INSCRITA DICHA TITULARIDAD EN EL REGISTRO DE PREDIOS”