Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0051-2016/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2016-01-26
Aceptar el desistimiento del procedimiento formulado por empresa Abengoa Perú S.A., y en consecuencia, dar por concluido el procedimiento administrativo de constitución de derecho de Servidumbre del predio de 892 040,00 m² ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Red de Salud Rimac-SMP-LO, respecto del predio de 1 275,58 m², que forma parte de un área de mayor extensión, ubicada en la manzana CS3, pueblo Joven P.M.V. “Confraternidad”, distrito de los Olivos, provincia y departamento de Lima.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 1 854 856,02 m², ubicado entre el cerro Colorado y el cerro Paros, distrito de Ámbar, provincia de Huaura y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Aceptar el desistimiento del procedimiento formulado por la empresa Abengoa Perú S.A., y en consecuencia, dar por concluido el procedimiento administrativo de constitución de derecho de Servidumbre del predio de 195 439,68 m² ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 622 730,23 m², ubicado al este de la carretera Panamericana Sur, altura del kilómetro 1160, al lado oeste de la denominada quebrada Los Burros, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 68 324,24 m², ubicado sobre la ladera del denominado cerro Los Ángeles, al norte del asentamiento humano Los Ángeles, en la margen izquierda del río Estuquina, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 20 519,50 m², ubicado al sur de la Asociación de Vivienda Josué, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 80 554,56 m², ubicado a 250 metros hacia el sur de la calle Los Laureles, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 12 043,95 m², ubicado al noreste del asentamiento humano Buena Villa, en la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte (tramo Huarmey – balnerio Tuquillo) altura del kilómetro 299, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por la Asociación de Vivienda Hijos de Apurímac contra la Resolución N° 857-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 11 de setiembre de 2015, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.