Declarara IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la AGUA FONTANEIL S.A., representado por su Presidente de Directorio, Anibal Varea Bazo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Ministerio de Educación (MINEDU), mediante la cula solicita la DESAFECTACIÓN Y TRANSFERENCIA DE DOMINIO PARA POSTERIOR PERMUTA, respecto del predio ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado Peruano - Ministerio de Educación en la Partida Registral N° 11899347 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, el predio ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito a favoir del Ministerio de Educación en la Partida Registral N° 11754398 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, y el predio ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del estado Peruano - Ministerio de Educación en la Partida Registral N° 11704606 del Registro de Predios de la Oficina Registral.
Aprobar la VENTA DIRECTA por causal a favor de la empresa MINERA LAS BAMBAS S.A, representado por su Gerente General, Luis Alberto Rivera Ruiz, respecto del "predio 1 y predio 2"
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 121,120 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Mária del Mar en la partida N° 12722201 del Registro de Predios de ls Oficina Registral de Lima, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. Aprobar la TRANFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO respecto de "el predio" descrito en el artículo 1° de la presente Resolución a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, en aplicación del Decreto N° 1192, "y la Ley N° 30281, con la finalidad se ejecute el proyecto denominado: Una cámara de rompe presión (CRP N° 02) del Proyecto "Provisión de Servicios de saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 1 146,66 m2, que forma parte de un predio mayor extensión, inscrito a favor del Estado en la partida N° P03288979 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la TRANFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO respecto de "el predio" descrito en el artículo 1° de la presente Resolución a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, en aplicación del Decreto Legislativo N° 1192, " y la Ley 30281, con la finalidad se ejecute el proyecto denominado: cámara de ingreso a sector (CIS N° 02.2), Cámara de aislamiento y Cámara de ingreso Sub Sector (CISS SUB 02 Y SUB 03) del proyecto "Provisión de Servicios de saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR"
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 35,23 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del Estado-Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI en la Partida N° P03244938 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO respecto de "el opredio" descrito en el artículo 1° de la presente Resolución a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, en aplicación del Decreto Legislativo N° 1192, "y la Ley N°30281, con la finalidad se ejecute el proyecto denominado: Una cámara de rompe presión (CRP N° 01) del Proyecto "Provisión de Servicios de saneamiento para los distritos del Sur de Lima -PROVISUR"
declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA - CHIMBOTE, representado por el Alcalde Julio Cortez Rojas, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarara IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, representado por el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, Julio Cesar Mágan Zevallos, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SAN ISIDRO, representado por su Alcalde Cirilo Lazarino Quispe, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por el MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO - PROGRAMA NUESTRAS CIUDADES, por los fundamentos expuestos en la presente resolución