Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por AEROSUL E.I.R.L. representada por su Gerente General, Lourdes Pilar Guillén Espinoza, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por el MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO DEL PERÚ, representada por el Jefe de Patrimonio del Ejército, Jorge Uribe Romero, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por ROBERTO TIRADO ESPINOZA contra la Resolución N° 414-2018/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por MARÍA DEL PILAR CHERO DE HERVIAS, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. debidamente representada por su Director de Administración y Finanzas, Arturo Goicochea de Benito, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por IRENE SANCHEZ DE BENITES, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, representada por María Del Rosario Del Carpio Samanez, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la SUBGERENCIA DE CONTROL PATRIMONIAL Y SANEAMIENTO DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL, representada por Pablo Gustavo Zegarra Urquizo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 114.86 m², ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en el Tomo 678 Fojas 464, Ficha 186238, que continua en la Partida Registral N° 44400642 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 126459, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta en la presente Resolución.