APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL A TITULO GRATUITO del “predio” a favor de la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA para que sea destinado a la ejecución del proyecto “Camposanto Jardines San Pedro”, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de desafectación y transferencia interestatal a título gratuito presentada por el PODER JUDICIAL DEL PERU, suscrita por su gerente general Pedro Tapia Alvarado, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de desafectación y transferencia interestatal a título gratuito presentada por el PODER JUDICIAL DEL PERU, suscrita por su gerente general Pedro Tapia Alvarado, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por CONSORCIO INDUSTRIAL PEPE (COINPE), representado por JOSÉ MODESTO PEREZ PEREZ, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACION ASENTAMIENTO HUMANO “LOS EUCALIPTOS”, representada por su presidente Mariquel Oscco Palomino, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ASOCIACIÓN IRRIGACIÓN CLEMESI ASICLE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia predial interestatal a título gratuito presentada por Municipalidad Provincial de Nasca, representada por su Alcalde Eusebio Alfonso Canales Velarde, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA, representada por su Alcalde Guillermo Carlos Távara Polo, por los fundamentos expuesto en la presente resolución.