Aprobar la venta por subasta pública del predio de propiedad del Estado, que a continuación se señala, estableciéndose como precio base para la subasta pública el valor comercial que se indica en su descripción:
Aprobar la venta por subasta pública del predio de propiedad del Estado, que a continuación se señala, estableciéndose como precio base para la subasta pública el valor comercial que se indica en su descripción
Aprobar la venta por subasta pública del predio de propiedad del Estado, que a continuación se señala, estableciéndose como precio base para la subasta pública el valor comercial que se indica en su descripció
Aprobar la venta por subasta pública del predio de propiedad del Estado, que a continuación se señala, estableciéndose como precio base para la subasta pública el valor comercial que se indica en su descripció
Aprobar la venta por subasta pública del predio de propiedad del Estado, que a continuación se señala, estableciéndose como precio base para la subasta pública el valor comercial que se indica en su descripción
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa promovida por la MANUEL FIESTAS FLORES, conforme al décimo cuarto considerando de la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JUANA FRANCISCA COBEÑA ANCAJIMA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración presentado por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA NUEVA VISION DEL VALLE ESCONDIDO NUEVA RINCONADA, representada por Juan Gavilán Quispe, David Paucca Fernández y Máximo Galeano Chávez, contra el acto administrativo contenido en la Resolución 547-2016/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.