Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la presentada por RICARDO CHINININ MULATILLO, mediante el cual peticiona la venta directa del predio de 4.00 hectáreas, ubicado en el distrito de 26 de Octubre, provincia y departamento de Piura, inscrito en la partida registral N° 04016467 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura con CUS N° 82554 por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA POR SUBASTA PUBLICA presentada por MARIO RAYMUNDO CRISPIN SALAS, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
RECTIFICAR el error material contenido en el anexo de la Resolución N° Resolución Nº 0684-2015/SBN-DGPE-SDDI, quedando de la siguiente manera (CUADRO SE ENCUENTRA EN LA RESOLCUIÓN)
RECTIFICAR el error material contenido en el anexo de la Resolución N° Resolución Nº 0578-2015/SBN-DGPE-SDDI, quedando de la siguiente manera: (CUADRO SE ENCUENTRA EN LA RESOLUCIÓN)
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACION DE POBLADORES DE VENTANILLA ALTA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por MINERA CARACOL S.A.C, representada por Aníbal Andrade Gallegos, presentada por Isaías Matore Medrano Flores, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar que el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO ha cumplido con las acciones conducentes para la ejecución del Proyecto denominado “Habilitación Urbana Las Lomas de San Pedro de Carabayllo”, en el predio de 91 807,95 m² ubicado entre el “Asentamiento Humano Cruz de Norte Parcela 1”, “Asentamiento Humano Autogestionario San Benito” y el norte de la edificación de ETECEN – Red de Energía Eléctrica, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento en la Partida Registral N° 12759032 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral IX - Sede Lima, con Registro CUS N° 56405.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SANTA MARIA DE HUACHIPA, representada por su alcalde Rogelio Ruiz Portocarrero, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR, representado por el alcalde Marwan Zakharia Kahhat Abedrabbo, contra la Resolución Nº 534-2016/SBN-DGPE-SDDI del 23 de agosto de 2016, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.