Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por TRANSPORT GENERAL SERVICE S.A.C., representada por su Gerente General CÉSAR ANDRÉS RONCEROS CASTILLA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la ASOCIACION DE VIVIENDA Y TALLER FORTALEZA DE ANCON, representado por su Presidente EDGAR SEGUNDINO VILLANUEVA MEDINA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
°. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA CALIFORNIA DEL SUR representado por RENE MAQUERA CATACHURA, representado por su presidente, Nino Jesús Peña Suarez, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
°. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el MIGUEL DORMILIO LLACUACHAQUI CANGALAYA, por los fundamentos expuesto en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la Asociación Pro-Vivienda de Damnificados de la Urbanización Popular Villa Perú-Canadá-Sullana-Piura, representada por su presidente Oswaldo Alfonso Silva García, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de DESAFECTACIÓN solicitada por la ASOCIACIÓN DE POSESIONARIOS DAMNIFICADOS NADINE HEREDIA representada, entre otros, por su Presidente Carlos Alberto Bernachea Capcha, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DE ASÍS-HUARÍN, representada por su Alcalde Aron Cárdenas Santiago, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Aceptar el desistimiento de la solicitud de venta directa presentada por el MARIANO ESPINOZA ROQUE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.