Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el CENTRO CULTURAL RONDOBAMBA –CENCUR debidamente representado por el señor Calixto Flores Acuña, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por JUAN ABELARDO PANTOJA ROSALES, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 440-2016/SBN-DGPE-SDDI del 22 de julio de 2016, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de subasta pública presentada por LEYDY BIVIANA SOBERO NAVARRO, por los fundamentos expuesto en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por ASOCIACIÓN DE CONFECCIONISTAS DE PARQUE INDUSTRIAL DE HUAYCAN – ACOPIH, representado por el presidente Andres Zosimo Ventura Berrocal por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la AGRUPACIÓN SEÑOR DE LOS MILAGROS DE LA FE, representada por Pilar Lisbeth Acosta Gómez; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 9 644,86 m2, ubicado en el distrito y provincia de Chepén, departamento de La Libertad, que forma parte de un área de mayor extensión inscrito a favor del Instituto Nacional de Desarrollo – Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña en la Partida Registral N° 04005058 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chepén de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, con Registro CUS N° 22709; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL ESTADO del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL, en aplicación del Decreto Legislativo N° 1192, “Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura”, con la finalidad se ejecute el proyecto denominado: “Autopista del Sol (Trujillo – Chiclayo – Piura – Sullana)”.
Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, de un área de 113,90 m2, ubicado en la Mz. C Lote 50, Sector Tambo de Mora, en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha y departamento de Ica, inscrito a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI en la partida registral N° P07047658 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chincha de la Zona Registral N° XI – Sede Ica, con Registro CUS N° 99231, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL, en aplicación del Decreto Legislativo N° 1192, “Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura”, con la finalidad que se ejecute el Proyecto denominado: “Red Vial N° 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la Carretera Panamericana Sur”.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O LOCALES solicitada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH, representada por su Director Johnny Jesús Cano Suarez, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.